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Hacienda da marcha atrás en el hachazo fiscal a los extranjeros que invierten en el inmobiliario español

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Me complace informarles sobre una noticia reciente que afecta positivamente a los extranjeros que invierten en propiedades en España. La Dirección General de Tributos ha reconsiderado su posición con respecto a los impuestos sobre el Patrimonio y las grandes fortunas para los no residentes que tienen inversiones en el mercado inmobiliario español, ya sea de forma directa (mediante la compra de activos) o indirecta (a través de participaciones en sociedades).

Según el diario Expansión, la Dirección General de Tributos ha aclarado que los no residentes que invierten de forma indirecta en el sector inmobiliario español no estarán obligados a pagar estos impuestos. Esto es una noticia muy positiva para los inversores no residentes, ya que brinda certeza en cuanto a la exención del Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre las Grandes Fortunas.

Un caso concreto que ilustra este cambio se refiere a una sociedad con sede en México. La Dirección General de Tributos ha determinado que, en este caso, no se cumplen las condiciones para que se aplique el Impuesto sobre el Patrimonio, ya que las participaciones de la sociedad no se consideran situadas en territorio español. Lo mismo se aplica al Impuesto sobre las Grandes Fortunas.

Este cambio fiscal se produjo a finales del año pasado y generó preocupación en la comunidad de expertos. La modificación se incluyó en la Ley 38/2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 28 de diciembre de 2022 y en vigor desde el 29 de diciembre de ese año. Esta modificación ampliaba la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio, incluyendo a los no residentes que tuvieran propiedades en España, ya sea directa o indirectamente a través de sociedades.

Los expertos expresaron su preocupación por la falta de claridad en la redacción de la normativa y las implicaciones que podría tener para los inversores extranjeros. Algunos argumentaron que la modificación era demasiado amplia y afectaba a una variedad de situaciones sin distinguir entre propiedades utilizadas para fines personales y propiedades destinadas a inversiones.

En resumen, esta revisión fiscal representa un alivio para los inversores no residentes que participan en el mercado inmobiliario español de manera indirecta a través de sociedades. La aclaración de la Dirección General de Tributos proporciona seguridad y claridad en cuanto a la exención del Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre las Grandes Fortunas en estos casos. Esta noticia seguramente será bien recibida por aquellos interesados en invertir en el atractivo mercado inmobiliario de España.

Sobre El Autor
Israel Huertas Salazar

Inmobiliaria en Torrox. Ofrezco un trato personalizado y una contrastada experiencia como intermediario en la compraventa de inmuebles de todo tipo, oportunidades y grandes inversiones inmobiliarias, en diversas ubicaciones, tanto en Torrox, como Nerja, Frigiliana, Torre del Mar… y gran parte del territorio andaluz. Como broker inmobiliario, colaboro en red con todas las inmobiliarias y empresas promotoras y puedo conseguir la propiedad de su interés.