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El Tribunal De Justicia De La Unión Europea (Tjue) Podría Anular 1 Millón De Hipotecas Referenciadas Al Índice Irph

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) podría anular aproximadamente un millón de hipotecas referenciadas al índice IRPH, lo que implicaría la devolución de 25.000 millones de euros. Esta semana se presenta como la última oportunidad para más de un millón de hogares españoles que buscan recuperar el dinero cobrado en exceso por los bancos al utilizar el índice IRPH como referencia en sus hipotecas.

La Comisión Europea (CE) ha presentado un escrito de alegaciones ante el TJUE, solicitando que se evalúe nuevamente si los bancos españoles comercializaron el índice de manera abusiva. El tribunal deberá determinar si las entidades financieras incurrieron en prácticas desleales al vender hipotecas referenciadas al IRPH sin aplicar un diferencial negativo, contradiciendo así lo estipulado en la Circular 5/1994 del Banco de España.

Según esta circular, para igualar el IRPH con otros índices del mercado, se requeriría la aplicación de un diferencial negativo que variaría según las comisiones y la frecuencia de los pagos. En general, este indicador es más gravoso para los clientes que otros índices ampliamente utilizados, como el Euríbor.

Una magistrada de Palma de Mallorca ha presentado esta nueva cuestión prejudicial, siendo la cuarta relacionada con este polémico indicador hipotecario. Argumenta que la banca comercializó el IRPH en contravención de la Directiva 93/2013 sobre cláusulas abusivas y la Directiva 2005/29 sobre competencia desleal.

El caso específico que se ha presentado ante las autoridades europeas involucra a un matrimonio de la capital balear que contrató un préstamo hipotecario de 200.000 euros en 2007, basado en el índice IRPH, y que tendría que reembolsar alrededor de 40.000 euros.

Se espera que, tras tres fallos en distintas direcciones, la justicia europea se pronuncie a favor de los consumidores debido a la nueva normativa existente. Según la misma, el Banco de España exigía que el IRPH se vendiera con un diferencial negativo, lo cual no ha sido cumplido por la banca española, infringiendo claramente dos directivas europeas.

En caso de que el TJUE se pronuncie a favor de esta tesis, los Juzgados de Primera Instancia podrían aplicar de inmediato el fallo, ya que estas resoluciones deben ser cumplidas desde su publicación, sin necesidad de esperar a que el Tribunal Supremo modifique su criterio. En enero de 2022, el Tribunal Supremo siguió la doctrina del TJUE y determinó que el IRPH no era un índice abusivo.

Según cálculos realizados, una sentencia favorable para los clientes implicaría la devolución de 25.000 millones de euros, el doble de lo que los bancos deben reembolsar por las cláusulas suelo. Sin embargo, otras fuentes, como Barclays, estiman esa cantidad en 3.600 millones de euros, mientras que Goldman Sachs la eleva a 44.000 millones de euros.

El IRPH es un índice oficial reconocido por el Banco de España. Se calcula tomando el promedio de los intereses a los que los bancos otorgan hipotecas. Es el segundo índice más utilizado en los préstamos para la compra de viviendas, después del Euríbor, que se utiliza en los préstamos entre bancos.

En 2013, cuando el Euríbor comenzó a descender hasta valores cercanos a cero, el IRPH se mantuvo estable en el 2%. Esto resultó en un aumento de las cuotas mensuales de las hipotecas afectadas, entre 200 y 300 euros, según organizaciones que defienden los intereses de los afectados, como Asufin o IRPH Stop Gipuzkoa.

Diversas asociaciones sostienen que hubo falta de información en su comercialización y consideran que el IRPH es engañoso para los usuarios. Argumentan que es difícil comprender sus ventajas e inconvenientes debido a su complejidad. Afirman que fue comercializado de manera fraudulenta, presentándolo como una cláusula beneficiosa para el consumidor y prometiendo mayor protección, lo cual ha resultado ser falso. Según Asufin, más de un millón de personas o familias están afectadas, lo que representa aproximadamente el 20% de las hipotecas suscritas en el país.

Por su parte, la banca sostiene que el IRPH es un índice oficial elaborado por el Banco de España y que las entidades no intervienen en su configuración. Además, destacan que no ha sido cuestionado en sus 25 años de existencia y que este conflicto no puede compararse con el de las cláusulas suelo, ya que no es una cláusula contractual y, por lo tanto, no puede ser objeto de control de transparencia ni de abusividad, ya que fue establecido de acuerdo con disposiciones legales.

Sobre El Autor
Israel Huertas Salazar

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