El próximo mes de enero Hacienda empezará a recibir datos con información relevante sobre la identidad de los propietarios reales de las viviendas puestas en alquiler con fines turísticos, y de las personas o entidades que ostenten los derechos sobre esas viviendas y también de las personas o entidades arrendatarias.
El motivo será la entrada en funcionamiento del llamado modelo 179, que no es más que una declaración informativa obligatoria para plataformas digitales de intermediación como Airbnb o Homeaway, inmobiliarias y otros agentes de este controvertido segmento del mercado inmobiliario, a partir de la cual la Administración Tributaria espera obtener al fin información detallada sobre la identidad de los contribuyentes que actúan en este mercado y chequear, en base a esa misma información, si cumplen o no al punto con sus obligaciones fiscales.
Además de esa información la declaración informativa deberá especificar también la referencia catastral del inmueble puesto en uso turístico, el número de días que éste fue alquilado de manera efectiva, el importe percibido como contraprestación por dicho alquiler y el número de contrato de intermediación del arrendamiento.
El Ministerio de Hacienda no ha ocultado en ningún momento que el objetivo de esta iniciativa es prevenir el fraude fiscal, el intrusismo en el sector turístico y sobre todo la competencia desleal a los estableciientos turísticos de toda la vida, que si cumplen con sus obligaciones.
La idea es cruzar los datos que entren a través del modelo 179 con la información ya disponible de las declaraciones fiscales de los contribuyentes y a partir de ahí detectar situaciones de ocultación o infravaloración de los ingresos percibidos y que durante años ha sido imposible detectar por la Agencia Tributaria y el resto de Administraciones Públicas.
La irrupción de las nuevas plataformas digitales de intermediación ha venido a concentrar este mercado y a sistematizar el ‘parque turístico’ disponible y el Ministerio de Hacienda quiere aprovechar esta situación para estrechar el cerco sobre el posible fraude que se esconda tras el cada vez más masivo alquiler de viviendas con uso turístico.
Parece ser que estas últimas semanas se ha detectado un tremendo auge en las demandas de asesoramiento de las empresas intermediarias en orden a conocer con exactitud cuales son las obligaciones que deben atender y hasta qué punto pueden aportar información personal de sus usuarios.
La realidad es que ha habido tiempo para prepararse. La norma se publicó en el BOE el 30 de diciembre de 2017 y su entrada en vigor se ha dilatado hasta situarla el 30 de enero de 2019, precisamente al objeto de facilitar la adaptación de los agentes obligados. De hecho, la intención inicial era que la declaración informativa estuviera operativa en julio de 2018.
En los últimos meses, la Agencia Tributaria ha hecho un gran esfuerzo por recordar a los propietarios de este tipo de alojamientos sus obligaciones fiscales y lo que supone una actividad económica que debe declararse como rendimiento del capital inmobiliario.