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Plusvalía municipal: el Supremo abre la puerta a nuevas reclamaciones

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El Tribunal Supremo ha dado un paso importante en el debate sobre la plusvalía municipal. En una sentencia del 13 de junio de 2025, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha establecido que los contribuyentes que, a fecha del fallo del Tribunal Constitucional 182/2021 (26 de octubre de 2021), aún estaban dentro del plazo legal para recurrir en vía judicial, pueden solicitar la devolución del impuesto.

Esto supone una ampliación relevante de los derechos de los afectados, ya que hasta ahora muchos contribuyentes quedaron atrapados en un limbo entre la vía administrativa y la judicial.

El caso que marca el precedente

La sentencia analiza una liquidación de plusvalía rechazada por el Tribunal Económico-Administrativo de Madrid el 22 de octubre de 2021, apenas cuatro días antes de que el Constitucional anulara el impuesto.

Aunque la resolución administrativa fue negativa, el contribuyente todavía tenía dos meses para acudir a los tribunales. El Supremo aclara que ese plazo mantiene vivo el derecho a reclamar, ya que una resolución solo es firme cuando ya no existe posibilidad de recurso o este ha sido resuelto en tiempo y forma.

En consecuencia, restringir el derecho de recurso en esa situación habría supuesto una limitación injustificada y contraria a la tutela judicial efectiva recogida en el artículo 24.1 de la Constitución Española.

Límites y excepciones a la devolución

El Tribunal Constitucional, en su sentencia de 2021, había fijado unos límites claros: no podían reclamar los contribuyentes con resolución firme a 26 de octubre de 2021, ni aquellos que no hubieran impugnado o solicitado rectificación de la autoliquidación antes de esa fecha.

El Supremo introduce ahora un matiz esencial: esos límites no se aplican si el plazo judicial seguía abierto en ese momento. Es decir, aunque hubiera una resolución administrativa previa, si aún quedaba tiempo para recurrir, el derecho a reclamar seguía vigente.

Otras consideraciones relevantes

El alto tribunal recuerda además que el silencio administrativo tampoco genera una situación consolidada, siguiendo su sentencia 419/2024. Por ello, no cabe discriminar entre quienes recurrieron por silencio y quienes esperaron una respuesta expresa de la Administración.

Asimismo, critica que el Tribunal Constitucional fijara como fecha de corte el 26 de octubre de 2021, en lugar de la publicación en el BOE un mes más tarde, lo que redujo las posibilidades de reclamación de muchos contribuyentes.

¿Quién puede reclamar ahora?

Pueden solicitar la devolución quienes, a 26 de octubre de 2021, aún tenían abierto el plazo judicial para recurrir. Incluso si su recurso había sido rechazado días antes, mientras ese plazo no hubiera expirado, la liquidación no era firme y por tanto el derecho a reclamar seguía vigente.

Documentación necesaria

Para iniciar la reclamación, es recomendable reunir:

  • El justificante de pago.

  • La liquidación o autoliquidación.

  • Resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo (si las hubiera).

  • Las notificaciones con las fechas de recepción.

La recomendación de Inmobiliaria Israel Huertas

En Inmobiliaria Israel Huertas aconsejamos a todos nuestros clientes que, una vez abonada la plusvalía municipal, soliciten su devolución. Recordemos que este impuesto fue declarado inconstitucional y posteriormente “reparado” mediante un decreto-ley en lugar de una ley orgánica, lo que podría volver a generar problemas de legalidad en el futuro.

Por ello, entendemos que la mejor estrategia es pagar y reclamar:

  • Si en algún momento se vuelve a declarar ilegal, quienes hayan reclamado tendrán derecho a recuperar lo pagado.

  • Quienes no lo hagan, en cambio, podrían perder esa oportunidad.

Conclusión

La nueva sentencia del Supremo amplía el margen de defensa para los contribuyentes y abre nuevas posibilidades de recuperar lo abonado por un impuesto que ha sido reiteradamente cuestionado. La clave está en analizar cada caso de manera individual y, sobre todo, en no dejar pasar la oportunidad de reclamar.

Sobre El Autor
Israel Huertas Salazar

Inmobiliaria en Torrox. Ofrezco un trato personalizado y una contrastada experiencia como intermediario en la compraventa de inmuebles de todo tipo, oportunidades y grandes inversiones inmobiliarias, en diversas ubicaciones, tanto en Torrox, como Nerja, Frigiliana, Torre del Mar… y gran parte del territorio andaluz. Como broker inmobiliario, colaboro en red con todas las inmobiliarias y empresas promotoras y puedo conseguir la propiedad de su interés.